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lunes, 9 de abril de 2012

Recomendaciones para el desarrollo de la contratación pública electrónica

La contratación pública electrónica supone la introducción de procedimientos electrónicos para sustentar las distintas fases del proceso de contratación (es decir, publicación de los anuncios de licitación, suministro del pliego de condiciones, presentación de ofertas, evaluación, adjudicación, pedido, facturación y pago).

Son varios los beneficios que la contratación pública electrónica aporta, tanto para las Administraciones Públicas, como para los licitadores, entre los que cabe destacar:
  • La mejora de la transparencia y accesibilidad.
  • El incremento de la concurrencia competitiva.
  • La mejora de la eficiencia y ahorro de costes.
  • La mejora en la cohesión e integración de los mercados de contratación en la Unión Europea.
A pesar de las indudables virtudes que la licitación y contratación electrónica conllevan, el uso de medios electrónicos en los procesos de contratación pública sin la adecuada modernización de las instituciones y personal responsable de la implantación del nuevo modelo, junto con la mejora y adecuación de la legislación a las nuevas necesidades y posibilidades, conllevará su ineficiencia. Del mismo modo, su adecuada implantación requiere de la generación de confianza suficiente entre los usuarios, tanto Administraciones Públicas como privados.

En este contexto, el Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO) ha elaborado la “Guía sobre contratación pública electrónica” en la que analiza los principales elementos que deben permitir alcanzar el adecuado nivel de desarrollo, implantación y uso de los nuevos modelos de contratación pública a través de medios electrónicos, haciendo especial énfasis en todos aquellos que se encuentren directamente relacionados con la generación de confianza y fomento de la seguridad de la información.

Para lograr este objetivo se ofrece a todos los usuarios de la licitación y contratación pública un conjunto de recomendaciones, para que sean tenidas en consideración como pautas orientadoras para implantar un nuevo modelo de licitación y contratación pública electrónica.

Recomendaciones al legislador
  • Desarrollar una normativa amplia y específica en materia de licitación y contratación pública electrónica, en coordinación con el resto de Estados miembros de la Unión Europea.
  • Regular expresamente la posibilidad realizar procesos de contratación pública exclusivamente a través de medios electrónicos.
  • Promover la coordinación entre los distintos registros de licitadores.
  • Promover entre todos los Estados miembros una normativa clara y concisa respecto al reconocimiento automático y centralizado de los certificados de firma electrónica reconocida emitidos en otros Estados.
  • Promover normativamente la utilización por parte de las Administraciones de plataformas de licitación y contratación pública que fomenten el ahorro de costes.
Recomendaciones a las administraciones públicas
  • Seleccionar el tipo de plataforma de licitación y contratación pública más adecuada a las necesidades específicas de la entidad en cuestión.
  • Atender, durante el proceso de implantación del nuevo modelo de licitación y contratación pública electrónica, tanto a la normativa específica sobre contratación, como a la legislación en materia de administración electrónica.
  • Someter la plataforma de contratación pública seleccionada a un riguroso análisis previo a su implantación.
  • Asegurar que, respecto de todas aquellas acciones que generen efectos jurídicos dentro del procedimiento de licitación y contratación, se garantiza la identidad, integridad, confidencialidad, no repudio y fehaciencia tempo¬ral mediante la utilización de certificados de firma electrónica reconocida y sellados de tiempo.
  • Integrar en el plan de adecuación al Esquema Nacional de Seguridad (ENS) e Interoperabilidad (ENI) de la entidad pública en cuestión, la clasificación y análisis del nivel de seguridad otorgado a la plataforma de licitación y contra¬tación pública.
  • Promover la utilización o, desarrollo de plataformas que hayan sido previamente certificadas.
  • Garantizar que la plataforma utilizada para la prestación del servicio cumple, al menos, con el nivel medio de accesibilidad para personas discapacitadas.
  • Disponer, en caso de contratar la plataforma con un proveedor externo, de un acuerdo de nivel de servicio en el que se garantice, al menos, un nivel de disponibilidad y conectividad alto, así como servicios automatizados para la recuperación de toda la información alojada en la plataforma y asistencia técnica permanente.
  • Disponer de acuerdos con prestadores de servicios de certificación que pro¬vean los servicios de sellado de tiempo.
  • Promover entre los empleados públicos programas de formación, difusión y concienciación respecto a la utilización de las tecnologías de la información en los procesos de contratación pública, especialmente en lo que respecta a la seguridad y aumento de la eficiencia y optimización de costes.
Recomendaciones a los licitadores
  • Obtener los certificados de firma electrónica reconocida con los que poder participar en procesos de licitación y contratación pública a través de medios electrónicos.
  • Solicitar el alta en los Registros de Licitadores.
  • Facturar exclusivamente en formato electrónico las cantidades económicas derivadas de los contratos adjudicados por las Administraciones Públicas.
  • Disponer de certificados de firma electrónica reconocida emitidos en aquellos países en los que se vaya a licitar de forma electrónica, en tanto no se exista un sistema centralizado y automático para la verificación de los certificados emitidos desde otros Estados.
  • Desconfiar de plataformas de licitación y contratación pública que desarrollen alguna fase del proceso de contratación bajo un protocolo de comunicación no seguro (por ejemplo, si se accede a la plataforma a través de Internet, la dirección web deberá estar siempre bajo protocolo SSL, apareciendo en la barra de direcciones del navegador “https://”).
  • Exigir a las Administraciones Públicas la emisión de certificados o recibos elec-trónicos debidamente firmados que garanticen la presentación de la documentación asociada a los procesos de contratación pública, así como el momento exacto de dicha presentación.

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