Con la finalidad de lograr una compatibilización entre el número – cada vez mayor – de las Asociaciones que pasan a formar parte como componentes de CEPYME ZARAGOZA y las limitaciones estatutariamente previstas en el número de vocales componentes de la Asamblea General de la Confederación (fijado en 200), tras convocatoria realizada al efecto con tal finalidad y por unanimidad de los asistentes se ha acordado la modificación del artículo 22 de los Estatutos y 1 del Reglamento de Régimen Interno en el sentido de reducir a la mitad los vocales por Asociación o Grupo a fin de dar cabida a nuevos asociados en la Asamblea, manteniendo el límite máximo de 200 vocales en la Asamblea.
Así, el número mínimo de vocales por asociación pasa a ser de uno, reduciéndose igualmente a la mitad los componentes de los grupos previstos en el Reglamento.
Así, el número mínimo de vocales por asociación pasa a ser de uno, reduciéndose igualmente a la mitad los componentes de los grupos previstos en el Reglamento.
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