El proyecto Creative Commons promueve la difusión de todo tipo de creaciones (escritos, música, audiovisuales, interactivos, materiales educativos...) bajo un conjunto de modelos de licencias que permitan el uso, la reproducción y la transmisión garantizando unos determinados derechos a los autores (reconocimiento de autoría, integridad de la obra...).En contraposición a la expresión "Todos los derechos reservados" del copyright tradicional, Creative Commons propone utilizar "Algunos derechos reservados" (some rights reserved), para indicar que una determinada obra se puede redistribuir libremente siempre que se cumplan determinadas condiciones. [http://clic.xtec.cat/es/act/cc.htm]
Cuatro son las condiciones que se pueden establecer en las licencias Creative Commons:
1. Reconocimiento
2. Reconocimiento - Sin Derivar
3. Reconocimiento - Sin Derivar - No comercial
4. Reconocimiento - No comercial
5. Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
6. Reconocimiento - Compartir igual.
Cada vez son más las instituciones tanto públicas como privadas que están utilizando este tipo de licencias para la difusión de sus creaciones. Entre ellas se puede destacar a la Generalitat Catalana que ha optado por Creative Commons como una de las herramientas para impulsar la “Gobernanza abierta”.
Cuatro son las condiciones que se pueden establecer en las licencias Creative Commons:
- Reconocimiento (Attribution): Se permite la copia, distribución y presentación pública de la obra y trabajos derivados de la misma siempre que se reconozca y cite adecuadamente al autor original.
- No comercial (Non-commercial): Se permite la copia, distribución y presentación de la obra y trabajos derivados de la misma siempre que se realice con fines no comerciales.
- Prohibición de obras derivadas (No Derivatives): Se permite la copia, distribución y presentación de la obra en su versión original, pero se prohíbe la realización de trabajos derivados de la misma.
- Redistribución bajo la misma licencia (Share Alike): Se permite la distribución de trabajos derivados de la obra siempre que se realice bajo una licencia idéntica a la que ampara la obra original.
1. Reconocimiento
2. Reconocimiento - Sin Derivar
3. Reconocimiento - Sin Derivar - No comercial
4. Reconocimiento - No comercial
5. Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
6. Reconocimiento - Compartir igual.
Cada vez son más las instituciones tanto públicas como privadas que están utilizando este tipo de licencias para la difusión de sus creaciones. Entre ellas se puede destacar a la Generalitat Catalana que ha optado por Creative Commons como una de las herramientas para impulsar la “Gobernanza abierta”.
En este contexto la Subdirección General de Bibliotecas del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación del Gobierno Catalán acaba de publicar la guía “Aplicació de les llicències de Creative Commons en les obres culturals” donde se explica qué son las licencias de Creative Commons y cómo se pueden aplicar a las obras culturales con el fin de facilitar su difusión.
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