Buscar en este blog

Mostrando entradas con la etiqueta Creative commons. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Creative commons. Mostrar todas las entradas

miércoles, 18 de noviembre de 2009

Los centros de documentación y la reproducción de documentos


Licencias bajo pago

Los centros de documentación en una empresa u organización empresarial realizamos de modo habitual la reproducción de diferentes documentos (libros, revistas, periódicos…), suministramos a nuestros usuarios dichos documentos y posibilitamos su consulta en las intranet corporativas.

Estas acciones están afectadas por la Ley de Propiedad Intelectual, que establece como norma general que sólo pueden realizarse reproducciones de una obra con la previa autorización del autor.

Para poder conjugar la realización de las tareas habituales de un centro de documentación con los derechos reconocidos a los titulares de las obras, y más concretamente para asegurar una contraprestación económica a dichos titulares, existen las licencias o autorizaciones concedidas por distintos organismos para la reproducción y explotación de estas obras bajo una serie de condiciones y a cambio de una remuneración económica.

En España, es el Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO) quien representa y defiende colectivamente los derechos de propiedad intelectual de carácter patrimonial de los autores y editores de publicaciones protegidas por la Ley.

CEDRO puede conceder a un centro de documentación licencia para:
  • Fotocopiar y/o escanear hasta el 10 % de un libro.
  • Fotocopiar y/o escanear un artículo completo.
  • Almacenar la reproducción en un servidor.
  • Ponerla a disposición en una intranet.
  • Imprimir una copia por usuario autorizado.
  • Enviarla por correo electrónico.

Para facilitar la solicitud de las licencias y el correspondiente pago, CEDRO acaba de presentar el portal www.conlicencia.com.

Otros modelos de licencia

Pero hemos de recordar que este no es el único modelo de licencia que regula el derecho de autor y el derecho de copia. Así el sistema de licencias abiertas de “Creative Commons” ofrece a los autores de una obra intelectual, o a quienes tengan su titularidad derivada, un conjunto de modelos de licencias que permitan el uso, la reproducción y la transmisión garantizando unos determinados derechos.

A diferencia del clásico “todos los derechos reservados” garantizado por defecto en las legislaciones, Creative Commons invita a los autores a decidir estratégicamente qué derechos quieren reservarse o liberar sobre su obra intelectual.

Un referente: el Grupo de Trabajo de Bibliotecas y Propiedad Intelectual

Desde el año 1996 dentro de FESABID viene funcionado el Grupo de Trabajo de Bibliotecas y Propiedad Intelectual, siendo en la actualidad un referente de posicionamiento en defensa de garantizar el equilibrio entre los derechos de propiedad intelectual y los derechos de acceso a la cultura y a la educación.

jueves, 10 de septiembre de 2009

Guía de Licencias Creative Commons

El proyecto Creative Commons promueve la difusión de todo tipo de creaciones (escritos, música, audiovisuales, interactivos, materiales educativos...) bajo un conjunto de modelos de licencias que permitan el uso, la reproducción y la transmisión garantizando unos determinados derechos a los autores (reconocimiento de autoría, integridad de la obra...).

Para ayudar a comprender como es el sistema de licencias abiertas de “Creative Commons” , y con el propósito de ampliar el conocimiento acerca del ‘derecho de autor y derecho de copia’ en la era digital, Ariel Vercelli acaba de publicar la Guía de Licencias Creative Commons (versión 2.0).

En la guía se describe que es el proyecto Creative Commons , su historia, y quiénes gestionan las licencias a nivel nacional.

La guía, centrada en el caso argentino, analiza qué es una licencia desde el punto de vista jurídico-político y qué significa la frase “algunos derechos reservados” para el ejercicio del derecho de autor y derecho de copia.

A su vez, la guía describe que obras se pueden licenciar, presenta cada una de las licencias Creative Commons y los procedimientos para obtenerlas.

En la parte final, se ofrece información y algunas recomendaciones tanto para el licenciamiento abierto de obras intelectuales como para la búsqueda de producciones intelectuales bajo el sistema de licencias abiertas Creative Commons.

La guía viene a demostrar como estas licencias abiertas favorecen el ejercicio de ciertos derechos de autor y, al mismo tiempo, permiten al público en general un amplio acceso a la cultura.

viernes, 26 de junio de 2009

Difusión de las obras culturales mediante Creative Commons

El proyecto Creative Commons promueve la difusión de todo tipo de creaciones (escritos, música, audiovisuales, interactivos, materiales educativos...) bajo un conjunto de modelos de licencias que permitan el uso, la reproducción y la transmisión garantizando unos determinados derechos a los autores (reconocimiento de autoría, integridad de la obra...).En contraposición a la expresión "Todos los derechos reservados" del copyright tradicional, Creative Commons propone utilizar "Algunos derechos reservados" (some rights reserved), para indicar que una determinada obra se puede redistribuir libremente siempre que se cumplan determinadas condiciones. [http://clic.xtec.cat/es/act/cc.htm]

Cuatro son las condiciones que se pueden establecer en las licencias Creative Commons:
  • Reconocimiento (Attribution): Se permite la copia, distribución y presentación pública de la obra y trabajos derivados de la misma siempre que se reconozca y cite adecuadamente al autor original.
  • No comercial (Non-commercial): Se permite la copia, distribución y presentación de la obra y trabajos derivados de la misma siempre que se realice con fines no comerciales.
  • Prohibición de obras derivadas (No Derivatives): Se permite la copia, distribución y presentación de la obra en su versión original, pero se prohíbe la realización de trabajos derivados de la misma.
  • Redistribución bajo la misma licencia (Share Alike): Se permite la distribución de trabajos derivados de la obra siempre que se realice bajo una licencia idéntica a la que ampara la obra original.
Combinando estas cuatro condiciones se pueden obtiene las seis diferente tipos de licencias Creative Commons:

1. Reconocimiento
2. Reconocimiento - Sin Derivar
3. Reconocimiento - Sin Derivar - No comercial
4. Reconocimiento - No comercial
5. Reconocimiento - No comercial - Compartir igual
6. Reconocimiento - Compartir igual.

Cada vez son más las instituciones tanto públicas como privadas que están utilizando este tipo de licencias para la difusión de sus creaciones. Entre ellas se puede destacar a la Generalitat Catalana que ha optado por Creative Commons como una de las herramientas para impulsar la “Gobernanza abierta”.
En este contexto la Subdirección General de Bibliotecas del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación del Gobierno Catalán acaba de publicar la guía “Aplicació de les llicències de Creative Commons en les obres culturals” donde se explica qué son las licencias de Creative Commons y cómo se pueden aplicar a las obras culturales con el fin de facilitar su difusión.