A partir de 2011 los ciudadanos, empresas y organismos podremos acceder a los servicios de las Administraciones Públicas aragonesas desde cualquier lugar y sin necesidad de desplazarnos a ninguna oficina gracias a la utilización de medios electrónicos.
Seguir en directo a través de Internet la tramitación administrativa de expedientes, cumplimentar formularios y obtener copias y documentos electrónicos, pagar tasas e impuestos públicos vía telemática o el uso habitual de la firma electrónica, son algunas de las actuaciones más significativas que con el nuevo Plan de Administración electrónica del Gobierno de Aragón vamos a poder realizar utilizando medios de acceso electrónico.
El Plan de Administración Electrónica, presentado ayer 29 de julio, por el consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón, Javier Velasco, viene a dar respuesta al conjunto de derechos reconocidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, como son:
- Derecho a realizar todas las gestiones por medios electrónicos, eligiendo el canal entre aquellos que en cada momento se encuentren disponibles.
- Derecho a no tener que presentar datos ni documentos que obren en poder de las Administraciones. Documentos que, con el consentimiento de los interesados, las administraciones deberán intercambiar por medios electrónicos.
- Derecho a acceder en condiciones de igualdad, por medios electrónicos, a los servicios públicos prestados por las Administraciones, por lo que las administraciones deberán dotarse de los medios necesarios para facilitar el acceso a los servicios de las personas que carezcan de medios propios, o conocimientos suficientes, cualquiera que sea su circunstancia personal.
- Derecho a conocer, por medios electrónicos, el estado de tramitación de los procedimientos administrativos en los que se tenga condición de interesado, salvo que se restrinja el acceso a dicha información en la normativa correspondiente.
- Derecho a obtener copias electrónicas de los documentos electrónicos incorporados a los expedientes, o procedimientos, en los que tengan la condición de interesados.
- Derecho a la conservación, por las administraciones, en formato electrónico de todos los documentos electrónicos que formen parte de un expediente administrativo.
- Derecho a obtener los medios de identificación electrónica necesarios para cualquier trámite electrónico con cualquier administración, incluido el DNI electrónico.
- Derecho a elegir las aplicaciones o sistemas a través de las cuales relacionarse con las Administraciones siempre y cuando utilicen estándares de código abierto u otros de uso generalizado, y para ello las Administraciones Públicas deberán contemplar, en la prestación de servicios electrónicos, la necesidad de recibir y emitir documentos en formatos basados en estándares abiertos.
- Realizar todos los trámites administrativos utilizando, principalmente, los diferentes canales electrónicos.
- Disponer de información actualizada sobre los trámites y documentos necesarios en las diligencias administrativas relacionadas con su ámbito de actividad.
- Disponer de la información de sus trámites y sus documentos electrónicos.
- Decidir, en cada momento del trámite, la forma de relacionarse con la Administración.
- Establecerse en, y desde, cualquier localización de la Unión Europea realizando electrónicamente todos los trámites administrativos
- Contar con herramientas para relacionarse con el Gobierno de Aragón y mecanismos seguros que les permitan identificarse de forma electrónica.
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