En el Boletín Oficial del Estado de ayer 8 de noviembre de 2011, se publicó el Real Decreto 1495/2011 por el que se desarrolla la Ley 37/2007 sobre reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal.
Tras un proceso de consulta pública el pasado 21 de octubre el Consejo de Ministros aprobaba este Real Decreto que se plantea como objetivo situar a España al nivel de países de vanguardia en materia de apertura de datos públicos con lo que se favorece la creación de nuevos productos y servicios de valor añadido en el sector de los contenidos digitales y se contribuye a la transparencia en la actuación de las Administraciones públicas, como principio básico de la democracia.
Además, se pretende potenciar el crecimiento del sector infomediario (empresas que reutilizan información) en España, que desarrolla nuevos productos y servicios mediante la reutilización de la información pública y que ha alcanzado en 2010 un volumen de negocio que se sitúa entre 550 y 650 millones de euros, dando empleo directo a entre 5.000 y 5.500 trabajadores.
Información potencialmente reutilizable
El sector público produce información que es potencialmente reutilizable por los ciudadanos y por la industria de contenidos digitales, como, por ejemplo, información social, económica, geográfica, estadística, meteorológica, turística y sobre educación.
El Real Decreto precisa las obligaciones de las Administraciones y organismos del sector público estatal para promover la reutilización de la información. En particular, autoriza con carácter general la reutilización de la información disponible en la Administración General del Estado y define las responsabilidades en materia de reutilización de la información en cada organismo público, siendo respetuosa con la normativa de protección de datos personales.
El Real Decreto también establece que las entidades del sector público estatal informarán, a través de su sede electrónica, sobre los documentos reutilizables elaborados o custodiados por ellas; y prevé el mantenimiento de un catálogo de información pública reutilizable correspondiente, al menos, a la Administración General del Estado y demás organismos y entidades que forman parte del sector público estatal, creado en el marco del Proyecto Aporta y que que permitirá acceder desde un único punto a los recursos de información pública reutilizable existentes. Para organizar y gestionar este catálogo desde el pasado 31 de octubre esta funcionando "en beta" el portal Datos.gob.es.
Formato y actualización de la información reutilizable
Se pondrán a disposición del público los documentos reutilizables que se encuentren previamente disponibles en formato electrónico por medios electrónicos, de una manera estructurada y usable para los interesados e interesadas y preferentemente en bruto, en formatos procesables y accesibles de modo automatizado correspondientes a estándares abiertos
Se procurará que la información puesta a disposición se actualice en un tiempo razonable que permita el uso adecuado de dicha información, con una frecuencia análoga con la que actualicen dicha información internamente, así como su disponibilidad, incluida la temporal, completitud e integridad de acuerdo con el marco normativo aplicable en cada caso.
Modalidades de reutilización
En cuanto a las modalidades de reutilización, la regla general será la puesta a disposición sin sujeción a condiciones específicas y serán aplicables unas condiciones generales previstas en el Real Decreto. No obstante, se permite que los ministerios y organismos que así lo deseen establezcan condiciones específicas cuando lo consideren necesario.
Por su parte se establecen ciertas condiciones generales para todas las modalidades de puesta a disposición de los documentos reutilizables, como son:
Información potencialmente reutilizable
El sector público produce información que es potencialmente reutilizable por los ciudadanos y por la industria de contenidos digitales, como, por ejemplo, información social, económica, geográfica, estadística, meteorológica, turística y sobre educación.
El Real Decreto precisa las obligaciones de las Administraciones y organismos del sector público estatal para promover la reutilización de la información. En particular, autoriza con carácter general la reutilización de la información disponible en la Administración General del Estado y define las responsabilidades en materia de reutilización de la información en cada organismo público, siendo respetuosa con la normativa de protección de datos personales.
El Real Decreto también establece que las entidades del sector público estatal informarán, a través de su sede electrónica, sobre los documentos reutilizables elaborados o custodiados por ellas; y prevé el mantenimiento de un catálogo de información pública reutilizable correspondiente, al menos, a la Administración General del Estado y demás organismos y entidades que forman parte del sector público estatal, creado en el marco del Proyecto Aporta y que que permitirá acceder desde un único punto a los recursos de información pública reutilizable existentes. Para organizar y gestionar este catálogo desde el pasado 31 de octubre esta funcionando "en beta" el portal Datos.gob.es.
Formato y actualización de la información reutilizable
Se pondrán a disposición del público los documentos reutilizables que se encuentren previamente disponibles en formato electrónico por medios electrónicos, de una manera estructurada y usable para los interesados e interesadas y preferentemente en bruto, en formatos procesables y accesibles de modo automatizado correspondientes a estándares abiertos
Se procurará que la información puesta a disposición se actualice en un tiempo razonable que permita el uso adecuado de dicha información, con una frecuencia análoga con la que actualicen dicha información internamente, así como su disponibilidad, incluida la temporal, completitud e integridad de acuerdo con el marco normativo aplicable en cada caso.
Modalidades de reutilización
En cuanto a las modalidades de reutilización, la regla general será la puesta a disposición sin sujeción a condiciones específicas y serán aplicables unas condiciones generales previstas en el Real Decreto. No obstante, se permite que los ministerios y organismos que así lo deseen establezcan condiciones específicas cuando lo consideren necesario.
Por su parte se establecen ciertas condiciones generales para todas las modalidades de puesta a disposición de los documentos reutilizables, como son:
- No desnaturalizar el sentido de la información.
- Citar la fuente de los documentos objeto de la reutilización.
- Mencionar la fecha de la última actualización de los documentos objeto de la reutilización, siempre cuando estuviera incluida en el documento original.
- No se podrá indicar, insinuar o sugerir que los órganos administrativos, organismos o entidades del sector público estatal titulares de la información reutilizada participan, patrocinan o apoyan la reutilización que se lleve a cabo con ella.
- Conservar y no alterar ni suprimir los metadatos sobre la fecha de actualización y las condiciones de reutilización aplicables incluidos, en su caso, en el documento puesto a disposición para su reutilización por la Administración u organismo del sector público.
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